Nº 2196 Eximir normativa urbanistica Romero, Carrera, Albertengo

Honorable  Concejo  Municipal  de  San  Jorge

Av. Alberdi 1155 – (2451) San Jorge – Santa Fe

Telefax -03406 444122

 

 

 

ORDENANZA Nº 2196

 

VISTO:

La Resolución IM/24.163 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre  el Expte. Nº 1617 – Año 2017, Caratulado: “Sr. Silvio Carrera DNI 36.796.310, Sr. David Romero DNI 36.543.056 y Sr. Alfredo Albertengo DNI 39.694.926”, y;

 

CONSIDERANDO:

Que en Expediente Nº 2101/2017 los interesados solicitan se los exima del cumplimiento del Art. 4.8 de la Normativa Urbanística General – Corredores Complementarios – permitiéndoles de esta manera continuar con la tramitación para la aprobación del proyecto presentado oportunamente en Expediente Nº 1617/2017 que consiste en la explotación de un salón de eventos con un sector al aire libre en el predio ubicado en la esquina Noreste de la intersección de R.P. Nº 13 y Av. Lisandro de la Torre (Partida Inmobiliaria Nº 12-08-00-166506/0027-2 y Nº 12-08-00-166506/0026-3);

 

Que en Expediente Nº 1617/2017, los interesados presentaron un proyecto para la instalación de un predio que contaría con un Salón de Eventos para fiestas bailables con sectores cerrados y al aire libre denominado “Evento Outdoor” en el que se consideran las siguientes acciones:

a.1)  Direccionar sonido para que  no afecte a los pocos vecinos linderos.

a.2)  Contratar seguridad privada para cubrir los eventos.

a.3)  Contratar un seguro de accidentes personales para los asistentes.

a.4) Tener estacionamiento privado de 4000m2 dentro del predio para que las banquinas queden despejadas y no alteran el normal tránsito del sector.

a.5)  Contratar un servicio de emergencias.

a.6)  Adherir al programa “Conductor Designado).

a.7) No permitir el ingreso de menores de 16 años.

 

Que la Ordenanza vigente no lo tiene como actividad permitida, ya que lo considera un uso que concentra e implica gran influencia de público, por lo que fue oportunamente informado a los interesados por Secretaría  de Obras y Servicios Públicos;

 

Que a entender de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, este sector del Area de Corredores Complementarios es uno de los espacios de la ciudad que menos inconvenientes traería a los vecinos, por ser un área donde no se permiten entre otras actividades: residencias, hosterías ni sanatorios que pudieran verse afectados en horarios nocturnos.

 

Por todo ello el  Honorable Concejo Municipal de San Jorge en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno emite la siguiente:

 

ORDENANZA

Art. 1º): Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a Eximir del cumplimiento del Art. Nº 4.8 de la Normativa Urbanística General – Corredores Complementarios – a los interesados permitiéndoles continuar con la tramitación para la aprobación del proyecto presentado oportunamente en Expediente Nº 1617/2017 que consiste en la instalación de un predio para fiestas bailables con sectores cerrados y al aire libre denominado  “Evento Outdoor” en el predio ubicado en la esquina Noreste de la intersección de R. P. Nº 13 y Av. Lisandro de la Torre ( Partida Inmobiliaria Nº 12- 08-00-166506/0027 y Nº 12-08-00-166506/0026-3), propiedad de “El Fortín S.A.”

 

Art. 2º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-

 

Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los 30 días del mes de Noviembre de dos mil diecisiete.-

 

 

 

 

 

 

Sra. Alicia Mecchia                                                                           Sr. Andrés Rosetti

Secretaria del H.C.M.                                                                      Presidente del H.C.M.