Nº 2193 Eximir FOS Bracco

Honorable  Concejo  Municipal  de  San  Jorge

Av. Alberdi 1155 – (2451) San Jorge – Santa Fe

Telefax  03406-444122

ORDENANZA Nº 2193

VISTO:

La Resolución IM/24.156 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal sobre el Expte. Nº 949 – Año 2017, Caratulado: Sr. Ángel José Bracco, y;

CONSIDERANDO:

Que el Expediente en referencia presentado por el Sr. Ángel José Bracco, DNI 11.028.419, en el que solicita se lo exima de cumplimentar el Factor de Ocupación del Suelo ( F.O.S.) reglamentado en la Normativa Urbanística General Área Urbana II, permitiéndosele de esta manera obtener el permiso de Edificación correspondiente, y la posterior Habilitación Comercial para ser utilizado como Consultorios Médicos y Servicio de Diagnóstico por Imágenes en el Inmueble ubicado en calle Rivadavia Nº 553 (Part. Inmobiliaria Nº 12-08-00-165457/0010-2);

Que en P.E. Nº 91/2011, se regularía la obra en cuestión, registrando un avance de obra del 40% (mampostería, piso y techos ya ejecutados con anterioridad), y que en ese momento ya excedió el F.O.S. en un 2% aproximadamente;

Que en Expediente Nº 949/2017, el interesado y profesional presentan planos para “Visado Previo” de la obra en cuestión con  el proyecto de terminación de la obra (terminaciones, algunas modificaciones menores y una ampliación de aprox. 22 m2 cubiertos). Este expediente fue contestado por  Secretaria de Obras Públicas, informando que el local proyectado como “Futura sala de reuniones”, hace que la obra en su conjunto excede el F.O.S. reglamentado para el área en un 15.54% (85,54% de Sup. cubierta, cuando el reglamento vigente estipula 70% para lotes mediales y 80% para lotes en esquina);

Que los ambientes se encuentran correctamente ventilados e iluminados, con dimensiones reglamentarias, siendo el incumplimiento del F.O.S. el único punto antirreglamentario del proyecto.

Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de San Jorge en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:

ORDENANZA

Art.1º): Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a eximir el cumplimiento del Factor de Ocupación del Suelo (F.O.S.), reglamentado en la Normativa Urbanística general Área Urbana II, permitiéndosele de esta manera obtener el Permiso de Edificación correspondiente y la posterior Habilitación Comercial para ser utilizado como Consultorios Médicos y Servicio de Diagnóstico por Imágenes, a la obra ubicada en calle Rivadavia Nº 553 (Partida Inmobiliaria Nº 12-08-00-165457/0010-2), según planos que se presentaron oportunamente en el Exp. 949/2017, propiedad del Sr. Ángel José Bracco.

Art.2º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de san Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de Noviembre de dos mil diecisiete.-

 

Sra. Alicia Mecchia                                                                                                Sr. Andrés Rosetti

Secretaria del H.C.M                                                                                            Presidente del H.C.M.