Nº 2190 Comodato Enrique Jorge Rafael.(1)

Honorable  Concejo  Municipal  de  San  Jorge

Av. Alberdi 1155 – (2451) San Jorge – Santa Fe – Tel: 03406-444122

ORDENANZA Nº 2190

VISTO:

La Resolución IM/24.139 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal sobre el Expte. Nº 1170 – Año 2017 – Caratulado: Sr. Jorge Rafael Enrique, y;

CONSIDERANDO:

Que por el mismo el Sr. Jorge Rafael Enrique solicita se le ceda en Comodato por el término de dos (2) años, Un Inmueble de Propiedad Municipal, para la Instalación de Fabrica de Estructuras Metálicas y Montaje de Galpones;

Que se acompaña copia de Planilla del proyecto a realizar por el presente;

Que la autoridad competente ha realizado el estudio correspondiente sobre dicho proyecto;

Que Oficina de Catastro informa, que el Inmueble mencionado se encuentra Identificado bajo Nomenclatura Catastral Nº 09.00208.0005.0004, Cuenta Nº 80176, ubicado sobre calle Gral. Artigas Nº 1300, a nombre de Municipalidad de San Jorge de esta ciudad;

Que Inspección de Obras informa que el terreno es baldío;

Que Oficinas de Obras Privadas, Secretaría de Medio Ambiente y Subsecretaria de la Producción han establecido los requisitos a cumplimentar por parte del solicitante una vez firmado el respectivo Contrato de Comodato;

Que el Departamento Ejecutivo Municipal encuentra conveniente satisfacer el pedido efectuado por el solicitante, considerando que es una de las formas de fomentar el desarrollo de los emprendimientos dentro del Municipio;

Que según la Ordenanza Nº1098 en su Artículo 3º Inc. b) autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a la Venta, Locación, Donación a precio de fomento o con diferimiento en el plazo de pago, o donaciones de bienes muebles o inmuebles de propiedad del Municipio, Intervención de la Municipalidad apoyando la adquisición de inmueble de terceros a favor de industrias y/o comercios que lo requieran para su instalación en el distrito;

Que a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 41º, Inc. 19 de la Ley Nº 2756, es necesario contar con la autorización del Honorable Concejo Municipal;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:

ORDENANZA

Art. 1º).- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar Contrato de Comodato de hasta dos (2) años con el Sr. Jorge Rafael Enrique, D.N.I. Nº 27.572.929 con domicilio en calle Tucumán Nº 666 de esta ciudad, sobre un Inmueble de Propiedad Municipal Identificado bajo Nomenclatura Catastral Nº 09.00208.0004, Cuenta Nº 80176, ubicado sobre calle Gral. Artigas Nº 1300, a nombre de Municipalidad de San Jorge.-

Art. 2º).-Autorizase al Intendente Municipal Sr. Enrique Luis Marucci, D.N.I. Nº 11.705.870 y a la Secretaria de Gobierno Dra. Lorena Oitana, D.N.I Nº 22.593.602 a suscribir el respetivo Contrato en los términos del art. 1º de la presente.-

Art. 3º).- El Inmueble cedido en Comodato deberá ser destinado a Fabrica de Estructuras Metálicas y Montaje de Galpones. El Departamento Ejecutivo  Municipal verificará el cumplimiento del destino especificado, conforme a lo establecido en el Art. 20º de la Ley Nº 2756.-

Art.4º).-Establézcase como cláusula integrante del contrato referido la siguiente:

“Todas las mejoras que el Comodatario introduzca en el Inmueble motivo del presente que puedan ser desmontadas y/o retiradas, sin que ello implique posterior uso, podrán ser retiradas por el Comodatario en su calidad de propietario de las mismas, quedando las mejoras restantes en beneficio de la Comodante”

Arti.5º).- Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiséis días del mes Octubre de 2017.-