Honorable Concejo Municipal de San Jorge
Av. Alberdi 1155 – (2451) San Jorge – Santa Fe – Tel: 03406-444122
“Año 2019 100º Aniversario del natalicio de María Eva Duarte de Perón, “Evita”
ORDENANZA Nº 2276
VISTO:
Los Expedientes Nº 1165/2013 – Solicitud de declaración como zona
residencial; Expte. N° 302 y N°303 – Proyecto de Electrificación y
Alumbrado Público; Expte. N° 2256/2015; Expte. N°8857 Letra C – Año 2011
– Desafectación de área industrial; Expte. N° 2257/2015 (Expte. N° 8689
– Letra C- Año 2012) – Solicitud de uso conforme de suelo; Expte. N°
2258/2015 (Expte. N° 2327 – Letra L – Año 2012) – Solicitud de informe
de impacto ambiental, factibilidad para provisión de desagües cloacales y
red de agua corriente; Expte. N° 812/2015 – Presenta Resolución Estudio
de impacto ambiental; Expte. N° 1870/2016 – Presenta Convenio con EPE
pago canon proyecto eléctrico; Expte. N° 1638/2016 – Presenta
Factibilidad Suministro Gas Natural; Expte. N° 310/2017 – Presenta
Poderes de Propietarios a favor del Sr. Crespo; presenta nueva
factibilidad obra gas natural y aprobación proyecto energía eléctrica
por parte de la EPE.; Expte. N° 2141/2018 – Solicitud de visado y
registro de planos y Expte. N°1416/2019 – Constitución fianza y
domicilio legal.
CONSIDERANDO
Que mediante Expedientes N°2256/2015 (Expte. N° 8857 – Letra C – Año
2011), y N° 1165/2013 se presentó Anteproyecto de Urbanización de las
parcelas referidas e individualizadas en los mismos, solicitándose su
desafectación de área industrial y en los cuales se verificó el estado
de dominio de los inmuebles;
Que en Expediente Nº 2257/2015 (Expte. N° 8689 – Letra C – Año 2012)
se otorgó al Desarrollador en fecha 07 de Agosto de 2012 la
“Autorización de Uso Conforme” en relación a las fracciones descriptas.
Que a los fines considerados, mediante Ordenanza Nº2008 de fecha
26/12/2013, se categorizó como “Área Urbana 1” el terreno parte Sur del
Lote 64 de la Sección Catastral 2°, según Plano de Mensura N°128603/1998
de 13 Has., 39 As., 11 Cas., 08 Dm2; y como “Zona Industrial
I2” el terreno parte Norte del Lote 64 de la Sección Catastral 2°,
según Plano de Mensura N°79315/1976 de 5 Has,, 87 As., 48 Cas.
Que por Expte. N° 2258/2015 (Expte. N° 2327 – Letra L – Año 2012 –
Solicitud de informe de impacto ambiental, factibilidad para provisión
de desagües cloacales y red de agua corriente) se otorgó PREFACTIBILIDAD
para el servicio de cloacas y NO SE OTORGÓ PREFECTIBILIDAD para la
extensión de la red de agua corriente.
Que, por Expte. Nº 812/2015, el desarrollador acompaña copia de la
Resolución N° 57 de fecha 01/04/2015 emitida por la Secretaría de Medio
Ambiente de la Provincia de Santa Fe, en cuyo Art. 1º se APRUEBA el
Estudio de Impacto Ambiental del proyecto del loteo “Los Arboles”. En el
Art 2º de la Resol. N° 57 se indica que la parcela norte PII
12-08-00-166510/0001-7 (Plano de Mensura N°79315/1976 de 5 Has., 87 As.,
48 Cas.), “no podrá ser urbanizada, afectándola a zona de amortiguación
de espacio verde y reservorio entre ambos usos”.
Que, por Expedientes Nº1638/2016 y N°310/2017 presenta copia del
proyecto P/CG/15/065 para la provisión de Gas Natural del proyecto
urbanístico, y poderes especiales a favor del Dr. Manuel Ignacio Crespo
(D.N.I. 22.178.721) para que en nombre de la Sra. Analía Raquel Combina
(D.N.I. 14.968.191); María Verónica Cinalli (D.N.I. 18.480.576); Martín
Segundo Crespo (D.N.I. 20.241.205); Damián Gabriel Romero (D.N.I.
33.370.071); Daiana Gabriela Romero (D.N.I. 34.976.084); David Francisco
Romero (D.N.I. 36.543.056) y Agustina Giuggia (D.N.I. 33.010.879);
propietarios de los inmuebles que forman parte de la urbanización
“inicie e intervenga hasta su total terminación toda gestión
administrativa ante la Municipalidad de San Jorge a los efectos de
realizar todo tipo de trámite tendiente a la aprobación del proyecto de
urbanización.
Que, por Expte. Nº1870/2016 se presenta convenio realizado con la
E.P.E. a efectos del pago del canon correspondiente a cubrir los costos
inherentes a la expansión de infraestructura eléctrica en alta tensión
de la urbanización.
Que, en Expte. Nº 302/2013 y N° 303/2013 se presenta copia del
Proyecto de Distribución de Tendido Eléctrico de Media y Baja Tensión y
Proyecto de Alumbrado Público, los cuales fueron consensuados con el
Área Técnica de la EPE.
Que, en Expte. Nº 1416/2019 el Sr. Manuel Ignacio Crespo acompaña
“Acta de Fianza” de la obligación de pago de materiales y mano de obra
necesarios para la ejecución de las obras de infraestructura a
efectuarse en la urbanización. Además constituye domicilio legal para
todo tipo de notificaciones en Calle Rivadavia 894 de esta ciudad.
Que este proyecto urbanístico sometido a consideración para su
aprobación, permitirá continuar impulsando el desarrollo urbanístico de
San Jorge. Como así también es fuente de empleo en forma directa y en
forma indirecta en nuestra Ciudad y en nuestra Región.
Que su aprobación permitirá también satisfacer la necesidad de
vivienda para un amplio sector de ciudadanos de San Jorge, mediante la
utilización en este desarrollo de los diversos planes de vivienda
Municipales, Provinciales y Nacionales.
Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de
las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº
2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:
 O R D E N A N Z A
Art. 1º): Apruébese el Proyecto de
Urbanización y Loteo Residencial con características de barrio abierto
denominado “Barrio Los Árboles”, correspondiente a los inmuebles
identificados con Partida Inmobiliaria Nº 12-08-00-166510/0000-8 de 3
Has., 39 As., 11 Cas., 08 Dm2 (Plano de Mensura
N°128603/1998); Partida Inmobiliaria Nº 12-08-00-166510/0001-7 de Has.,
87 As., 48 Cas. (Plano de Mensura N°79315/1976), según Plano de Mensura,
Unificación, Urbanización y Loteo elaborado por el Ingeniero Agrimensor
Ulises P. Banchio, I.CO.PA 1-0154, que se adjunta.
Art. 2º): Autorizase al Departamento
Ejecutivo Municipal a realizar las acciones tendientes a la
viabilización del proyecto urbanístico residencial, mediante la
suscripción de acuerdos de desarrollo de infraestructura en el marco de
la Ordenanza Nº 1810 Capítulo VI Art. 14.2, en el total del inmueble,
quedando aprobados por la presente Ordenanza los Convenios Urbanísticos
suscriptos entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Desarrollador,
que forman parte del “ANEXO 1” que se adjunta.
Art. 3º): Acéptese la donación ofrecida por
los señores Manuel Ignacio Crespo, D.N.I. 22.178.721; por sí y en
representación de Analía Raquel Combina (D.N.I. 14.968.191); María
Verónica Cinalli (D.N.I. 18.480.576); Martín Segundo Crespo (D.N.I.
20.241.205); Damián Gabriel Romero (D.N.I. 33.370.071); Daiana Gabriela
Romero (D.N.I. 34.976.084); David Francisco Romero (D.N.I. 36.543.056) y
Agustina Giuggia (D.N.I. 33.010.879) domiciliados en esta ciudad de San
Jorge, Provincia de Santa Fe, de las fracciones de terreno designadas
como lotes “L”, “M”, “N”, “O” y “K” que poseen una superficie de
10.616,78 m2, 13.477,41 m2, 8.376,76 m2, 17.054,16 m2 y 15.959,99 m2,
respectivamente. Las fracciones a donar forman parte de dos inmuebles
(partes del denominado “Lote 64” de la Sección 2°), inscriptos en el
registro de la Propiedad bajo los dominios T°220 Impar, Folio 1220,
N°115540 – Año 2000; T°259 Par, Folio 961, N°70654 – Año 2011; T°261
Impar, Folio 1854, N°137217 – Año 2011; T°215 Impar, Folio 182, N°114815
– Año 1999; T°259 Par, Folio 957, N°70652 – Año 2011; T°259 Par, Folio
959, N°70653 – Año 2011 y T°268 Par, Folio 1128, N°106660 – Año 2013,
según plano de mensura para modificación de estado parcelario:
urbanización y loteo que se adjunta, confeccionado por el Ing.
Agrimensor Ulises P. Banchio (I.Co.P.A. N°1-0154), destinados a calles
públicas, espacios verdes y reservorio.
Art 4º): Asígnese a las calles de la nueva
urbanización los nombres que figuran en el plano denominado “Nombres de
Calles” que se adjunta como “ANEXO 2”.
Art. 5º):Asígnese la
“Categoría N°1” de la Tasa General de Inmuebles Urbanos a las parcelas
incluidas dentro de las Manzanas identificadas como “Manz. E”, “Manz.
F”, “Manz. G”, “Manz. H”, “Manz. I” y “Manz. J”, según Plano de Mensura,
Unificación, Urbanización y Loteo elaborado por el Ingeniero Agrimensor
Ulises P. Banchio, I.CO.PA 1-0154, que se adjunta.
Art. 6°): Asígnese la “Categoría N°4” de la
Tasa General de Inmuebles Urbanos a las parcelas identificadas como
lotes “A1”, “A2”, “B1”, “B2”, “B3”, “C1”, “C2” y “D” según Plano de
Mensura, Unificación, Urbanización y Loteo elaborado por el Ingeniero
Agrimensor Ulises P. Banchio, I.CO.PA 1-0154, que se adjunta. Las
parcelas antes mencionadas NO PODRÁN SER URBANIZADAS momentáneamente,
afectándolas como zona de amortiguación de espacio verde, según
Resolución N°57 de fecha 01/04/2015 emitida por la Secretaría de Medio
Ambiente de la Provincia de Santa Fe.
Art. 7°): Acéptese la FIANZA constituida en
fecha 10 de Julio de 2019, donde los Sres. Manuel Ignacio Crespo
(D.N.I. 22.178.721) y Analía Raquel Combina (D.N.I.: 14.968.191), se
constituyen en fiadores lisos, llanos y principales pagadores
responsables de la obligación de pago de materiales y mano de obra
necesarios para la ejecución de las obras de infraestructura de la
urbanización “Barrio Los Arboles”.
Art. 8º):Promúlguese, Publíquese, Comuníquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad
Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los
veintinueve días del mes de Agosto de dos mil diecinueve.-
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Sr. Ezequiel
Baima                                                                Â
Sr. Carlos J. Ellena
Secretario del
H.C.M.                                                            Â
Presidente del H.C.M.