Honorable Concejo Municipal de San Jorge
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“Año 2019 100º Aniversario del natalicio de María Eva Duarte de Perón, “Evita”
ORDENANZA Nº 2286
VISTO:
La Resolución IM/ 24.826 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la Ordenanza Municipal Nº 2197 “Programa de Fortalecimiento Comunitario” , y;
CONSIDERANDO:
Que es preciso mantener el equilibrio fiscal a través de una administración tributaria eficiente y el análisis permanente de la estructura de costos de los servicios prestados a la comunidad;
Que es necesario actualizar los costos y gastos administrativos en relación a la situación económica que atraviesa el país;
Que se hace necesario enviar y mantener actualizada la Ordenanza que regula el programa “Fortalecimiento Comunitario”.
Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de San Jorge en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno emite la siguiente:
ORDENANZA
Art.1º): Modifíquese el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 2197 “Programa de Fortalecimiento Comunitario”, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 4º): Los beneficiarios de los aportes reintegrables abonaran, en conceptos de gastos administrativos, el veinte por ciento (20%) de la suma otorgada conforme lo dispuesto en el Art. 2°. Dichos gastos se abonaran fraccionados en tantas cuotas como se haya acordado la obligación principal.
Art. 2): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los doce días del mes de Noviembre de dos mil diecinueve.-
Sr. Ezequiel Baima                                                                 Sr. Carlos Ellena
Secretario del H.C.M.                                                            Presidente del H.C.M.