RESOLUCIÓN Nº 26.231

VISTO:

            La tramitación iniciada ante la Dirección de Vivienda y Urbanismo para la construcción de  “27 viviendas”, que obra en la actuación Nº 15201-0217526-8 de los registros del aludido Organismo, y

CONSIDERANDO:

              Que es necesario contar, previo a la  aprobación del trámite con la presentación de Estudio de Suelo del terreno afectado a la construcción de viviendas.

               Que según informes técnicos y referencias de construcciones aledañas, los terrenos afectados a la obra no presentan inconvenientes que impliquen la previsión de fundaciones especiales.

Por todo ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756:

RESUELVE:

ART. 1°): Elevar al Honorable Concejo Municipal el siguiente Proyecto de Ordenanza para su correspondiente estudio y aprobación. –

ORDENANZA

                                 ARTICULO 1º. Asumir la responsabilidad y los eventuales costos que fueran originados por los rubros Movimientos de Suelos y Fundaciones no previstos en el Presupuesto, en el terreno destinado a la mencionada obra a raíz de la construcción de las viviendas.

                                 ARTICULO 2do. De forma

ART. 2°): Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.

Dada en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los tres días del mes de julio de dos mil veinticuatro.-