RESOLUCIÓN Nº 26.228

VISTO:

La sanción de la Ley Nº 12.385, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios; y

 CONSIDERANDO:

Que según la Ley Provincial N°12.385, su modificatoria Ley Nº 12.744 y Decreto Reglamentario Nº 1123/08 se establece la creación de un Fondo dentro del Presupuesto Provincial para la realización de Obras Menores en los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe;

Que, nuestra localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo;

Que, teniendo en miras que la Municipalidad de San Jorge posee fondos disponibles dentro de las pautas establecidas en los considerandos, tratándose de $ 106.518.113,68.- (Pesos ciento seis millones quinientos dieciocho mil ciento trece con sesenta y ocho centavos.-) en concepto de Fondos No Reintegrables correspondientes al período 2024.-

Que, la Municipalidad de San Jorge ha evaluado la posibilidad de pavimentar cuatro cuadras en la calle Artigas, entre Av. Jorge Ortiz y Tucumán, y que dicha obra se encuentra comprendida entre las que son financiables por el Fondo, por lo que se estima pertinente la solicitud de financiamiento de la misma con fondos correspondientes al Período 2024 por el que se asignaron.-

Que, dicha calle resulta ser de gran tránsito para los vecinos del barrio San Martín y los trabajadores de la empresa Quickfood S.A, contribuyendo a una significativa mejora en la calidad de vida de los mismos, y permitiendo contribuir a un desarrollo descentralizado de la ciudad de San Jorge, dando prioridad a un barrio con necesidad de obras viales.-

            Por todo ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756:

RESUELVE:

ART. 1°): Elevar al Honorable Concejo Municipal el siguiente Proyecto de Ordenanza para su correspondiente estudio y aprobación. –

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°:      Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Nº Ley 12.385, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, el aporte de $ 59.680.000,00.- (PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL.-)  en concepto de Fondos No Reintegrables correspondientes al Período 2024, para destinar al financiamiento la obra de pavimentación de cuatro cuadras en calle Artigas entre Av. Jorge Ortiz y Tucumán.

ARTÍCULO 2°: Facúltese al Intendente de la Municipalidad de San Jorge, Sr. Juan Pablo Pellegrino, a gestionar los fondos del Proyecto “Pavimentación General Artigas entre Av. Jorge Ortiz y Tucumán” por un monto de $ 59.680.000,00.- (PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL.-), los que corresponden a la partida del año 2024

ARTÍCULO 3: Los Ingresos y Egresos que se produjeran se imputarán en las cuentas Nº 1.04.04 “OBRAS MENORES LEY 12.385”  y  2.04.02.11 “OBRAS MENORES”   del Presupuesto en vigencia.-

ARTÍCULO 4º:      Autorízese al Sr. Intendente Municipal para qué mediante la Subsecretaría de Hacienda del Municipio adecúe las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.-

ARTÍCULO 5º: Designase como Proyectista y Conductor Técnico de la Obra al Secretario de Obras y Servicios Públicos; Arq. Germán Antonio Camoletto, matrícula C.A.P.S.F. 04507 quién por esta tarea NO PERCIBIRÁ honorario alguno, siendo a cargo del Municipio los aportes de Ley.-

ARTÍCULO 6°: De Forma.-

ART. 2°): Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.

Dada en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los tres días del mes de julio de dos mil veinticuatro.-