RESOLUCIÓN Nº 26.197

VISTO:

            La necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad por el cual esta Municipalidad recibe en Comodato una Motoniveladora Marca TIANGONG 160PYG Característica interna MO-05-262, Motor Nº 69335496, Chasis Nº 207, para ser destinada a la realización de trabajos inherentes a la prestación de Servicios de Orden Público, tales como el mantenimiento y perfilado de las Rutas Provinciales de su distrito, y;

CONSIDERANDO:

            Que los términos del Convenio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad son razonables;

            Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para la cual es conveniente otorgar facultades al Intendente Municipal, Señor Juan Pablo Pellegrino DNI 28.135.549, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, conforme se establezca;

            Que a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los Fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad, del ejercicio en el cual se ejecutan las tareas;

            Que evaluados los beneficios que implica la formalización del Convenio para todos los habitantes de la zona, contribuyendo con ello al bienestar general de la población.

            Por todo ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756:

RESUELVE:

ART. 1°): Elevar al Honorable Concejo Municipal el siguiente Proyecto de Ordenanza para su correspondiente estudio y aprobación. –

ORDENANZA

Art. 1º): Apruébese la concreción de un Convenio entre esta Municipalidad, representada por su Intendente, Señor Juan Pablo Pellegrino DNI 28.135.549 y la Dirección Provincial de Vialidad donde esta última entrega en Comodato una Motoniveladora Marca TIANGONG 160PYG Característica interna MO-05-262, Motor Nº 69335496, Chasis Nº 207, para ser destinada a la realización de trabajos inherentes a la prestación de Servicios de Orden Público, tales como el mantenimiento y perfilado de las Rutas Provinciales de su distrito.-

Art. 2º): Facúltese al Señor Juan Pablo Pellegrino DNI 28.135.549 para que suscriba el respectivo Convenio como también para que realice todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo, bajo la modalidad que se establezca.-

Art. 3º): Apruébese la inversión que deberá realizar esta Municipalidad, conforme a la Ley Nº 2756.-

Art. 4º): Autorícese a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los Fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.

Art. 5°):  De forma.

ART. 2°): Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dado en la intendencia municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe a los veintidos días del mes de mayo del dos mil veinticuatro.-