VISTO:
La Ordenanza Nº 2397 Venta inmueble al Sr. Sebastián Ramón Chamorro; La Ordenanza Nº 2420 Venta de inmueble al Sr. Guillermo Novero; y
CONSIDERANDO:
Que en el Art. 2º de la Ordenanza Nº 2397 se dispone la actualización de las cuotas mediante el índice de la Cámara Argentina de la Construcción;
Que el Art. 3º de la Ordenanza Nº 2420 faculta al Ejecutivo a determinar las condiciones de financiamiento;
Que a la fecha de promulgación de la Ordenanza Nº 2397, Junio de 2022, el índice base mencionado era de 1.670,20 (un mil seiscientos setenta con veinte);
Que a la fecha de promulgación de la Ordenanza Nº 2420, Octubre de 2022, el índice base era de 2.211,90 (dos mil doscientos once con noventa)
Que a la fecha la Cámara Argentina de la Construcción ha procedido a publicar el índice de julio, equivalente a 13574,80 (trece mil quinientos setenta y cuatro con ochenta)
Que por aplicación de los índices surge un incremento del 2,10% (dos con diez por ciento);
Por todo ello, el Intendente Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le son propias:
RESUELVE
Art.1º).- Aplíquese el incremento del 2,10% (dos con diez por ciento) sobre el valor de las cuotas establecidas en las ordenanzas Nº 2397 y Nº 2420, según se detalla a continuación, determinando que los montos a pagar son los siguientes:
Ord. Nº 2397 – Sebastián Ramón Chamorro – $215.934,45– Cuenta 80175
Ord. Nº 2420 – Guillermo Novero – $ 90.584,20– Cuenta 43990
Art.2º).- Tome razón Subsecretaría de Hacienda y toda otra dependencia a la que incumba el cumplimiento del presente decreto a sus efectos.-
Art.3º).- Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dado en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe a los tres días del mes de septiembre del dos mil veinticuatro.-