VISTO:
El Expediente Nº 752/24 y;
CONSIDERANDO:
Que en el mismo el Sr. Diaz, Mariano Darío en representación de la empresa “MD Construcciones” desiste de la “opción de compra” relacionada a la adquisición de los lotes Nº U19, U20, U21, U22, U23 y U24 del Área de Uso Industrial Oficial de Desarrollo de San Jorge;
Que dichas unidades, actualmente se encuentran reservadas, decidiendo el titular de la empresa desistir de las mismas debido a la evolución del tipo de cambio y la situación económica actual. –
Que, manifestada dicha voluntad, es interés de este municipio ofrecer los lotes U19, U20, U21, U22, U23 Y U24 a otras empresas que se encuentren interesadas en desarrollar proyectos en el Área de Uso Industrial Oficial de Desarrollo de San Jorge.
Que, atento a que al día de la fecha no se han abonado cuotas respecto a dicha reserva, no hay liquidaciones a efectuar en beneficio de ninguna de las partes.-
Por todo ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756:
RESUELVE
Art.1º).- Disponer la caducidad de la opción de compra relacionada a la adquisición de los lotes U19, U20, U21, U23 Y U24 del Área de Uso Industrial Oficial de Desarrollo de San Jorge por parte del Sr. Mariano Darío Diaz.-
Art.2º).- Comunicar la disponibilidad de las Unidades mencionadas a posibles adquirientes.-
Art.3).- Notifíquese al interesado y al Honorable Concejo Municipal.-
Art.4).- Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dado en la intendencia municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe a los 20 días del mayo de mayo del dos mil veinticuatro.-