VISTO:
El Expediente 65/24, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo el Sr. Cristian David Imoberdorf solicita se renueve el Contrato de Comodato por el término de dos (2) años sobre un inmueble de propiedad municipal donde funciona un Taller de Reparación de Cámaras y Cubiertas;
Que por Ordenanza Nº 2039 de fecha 14 de noviembre de 2014 el Honorable Concejo Municipal autorizaba al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder en Comodato el terreno solicitado firmando el respectivo Contrato de Comodato entre ambas partes;
Que en fecha 29 de diciembre de 2016, por Ordenanza Municipal Nº 2152, el Honorable Concejo Municipal autorizaba al Departamento Ejecutivo Municipal a renovar el Contrato de Comodato por el término de dos (2) años;
Que en fecha 01 de agosto de 2019, por Ordenanza Municipal Nº 2273, el Honorable Concejo Municipal autorizaba al Departamento Ejecutivo Municipal a renovar el Contrato de Comodato por el término de dos (2) años;
Que en fecha 23 de Diciembre de 2021 por Ordenanza Municipal Nº 2371, el Honorable Concejo Municipal autorizaba al Departamento Ejecutivo Municipal a renovar el Contrato de Comodato por el término de dos (2) años;
Que se firmó el respectivo Contrato de Comodato entre la Municipalidad de San Jorge y el Sr. Cristian David Imoberdorf;
Que la autoridad competente ha realizado los estudios correspondientes sobre dicho proyecto, los cuales son parte del Expediente de referencia;
Que Oficina de Catastro informa, que el inmueble mencionado se encuentra identificado bajo Nomenclatura Catastral Nº 09.00208.0005.0011, Cuenta Nº 80182, ubicado sobre calle Eva Perón Nº 2644, a nombre de Municipalidad de San Jorge;
Que Inspección de Obras informa que el terreno solicitado tiene una edificación con sus respectivos planos regularizados (P.E. Nº 167/2018);
Que Obras Privadas verifica que es una actividad conforme al Área Urbana I;
Que el informe de Secretaria de Medio Ambiente indica que la actividad es de bajo impacto ambiental;
Que Tributos y Contribuciones indica que no adeuda Tasas de Servicios;
Que DREI indica que se encuentra inscripto y no posee deuda de DREI;
Que el Departamento Ejecutivo encuentra conveniente satisfacer el pedido efectuado por el solicitante, considerando que es una de las formas de fomentar el desarrollo de Emprendimientos dentro del Municipio;
Que a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 41º, Inc. 18 de la Ley Nº 2756, es necesario contar con la autorización del Honorable Concejo Municipal.
Por todo ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756:
RESUELVE
Art. 1º).- Elevar al Honorable Concejo Municipal para su correspondiente estudio y posterior aprobación el siguiente Anteproyecto de:
ORDENANZA
Art. 1º): Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a renovar un nuevo Contrato de Comodato de hasta dos (2) años con el Sr. Cristian David Imoberdorf, D.N.I. Nº 30.623.717, con domicilio en calle Eva Perón Nº 2656 de esta ciudad de San Jorge, sobre un inmueble de propiedad municipal identificado bajo Nomenclatura Catastral Nº 09.00208.0005.0011, Cuenta Nº 80182, ubicado sobre calle Eva Perón Nº 2644, a nombre de Municipalidad de San Jorge.-
Art. 2º): Autorizase al Sr. Intendente Municipal Juan Pablo Pellegrino, DNI Nº y al Sr. Secretario de Gobierno Mariano Germán Salomón, DNI Nº 35.751.157 a suscribir el respectivo Contrato en los términos del Art. 1º de la presente.-
Art. 3º): El inmueble cedido en comodato es destinado para funcionamiento de un Taller de Reparación de Cámaras y Cubiertas. El Departamento Ejecutivo Municipal verificará el cumplimiento del destino especificado, conforme a lo establecido en el Art. 20º de la Ley Nº 2756.-
Art. 4º): Establézcase como cláusula integrante del contrato referido la siguiente:
“Todas las mejoras que el Comodatario introduzca en el inmueble motivo del presente que puedan ser desmontadas y/o retiradas, sin que ello implique destrucción, deterioro y/o inutilización de las mismas conforme a su naturaleza para su posterior uso, podrán ser retiradas por el Comodatario en su calidad de propietario de las mismas, quedando las mejoras restantes en beneficio de la Comodante”
Art.5º).- Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dado en la intendencia municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe a los nueve días del mes de mayo del dos mil veinticuatro.-