VISTO:
El estado del vehículo Toyota Corolla, dominio GWP762, asignado a la dirección de tránsito de la ciudad de San Jorge, y;
CONSIDERANDO:
Que la unidad mencionada posee problemas de funcionamiento, cuya reparación para ser adecuado a su uso no es proporcional al valor de dicho vehículo. –
Que a los efectos de contribuir con las arcas municipales, y teniendo en cuenta que se gestionó la incorporación de un vehículo de la Agencia Provincial de Registro, Administración y Destino de bienes y Derechos Patrimoniales (APRAD), el cual posee características similares y se encuentra en perfectas condiciones.
Que en el Anexo I, se acreditan los presupuestos solicitados para la reparación y la documentación que acredita la propiedad municipal del vehículo objeto de la presente.-
Por todo ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756:
RESUELVE:
ART. 1°): Elevar al Honorable Concejo Municipal el siguiente Proyecto de Ordenanza para su correspondiente estudio y aprobación. –
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Declárese no apto para uso oficial y disponible para la venta el automotor marca Toyota, modelo Corolla dominio GWP762 cuyos demás datos se encuentran en el Anexo I.-
ARTÍCULO 2º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar el procedimiento de concurso privado de precios, facultándolo para vender en forma directa el automotor marca Toyota, modelo Corolla dominio GWP762, Tipo Sedan 4 puertas año 2008, estableciendo como el pago al contado.-
ARTÍCULO 3º.- Incorpórase como Anexo I de la presente la siguiente documentación:
– Copia de título automotor.
– Tabla de Valuación de Automotores y Motovehículos de la Dirección Nacional de Registro de la Propiedad Automotor.-
– Presupuesto de reparación.-
ARTÍCULO 4°.- De forma .-
ART. 2°): Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dada en la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, a los 23 días del mes de Mayo de dos mil veinticuatro.-