Nº 2305 Modificación Ordenanza de Compras

Honorable Concejo Municipal de San Jorge

Av. Alberdi 1155 – (2451) San Jorge – Santa Fe – Tel: 03406-444122

“Año 2020 – Año del General Manuel Belgrano”

ORDENANZA Nº 2305

 

VISTO:

La Resolución IM/24934 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la Ordenanza de Compras Nº 2025 y sus modificatorias Nº 2158, Nº 2232 Y Nº 2267, y;

CONSIDERANDO:

Que en la misma se estableció el Régimen de Compras para la Municipalidad de San Jorge con el objetivo de avanzar en el control de la gestión y la transparencia de la Administración Pública Municipal;

Que en su Art.2º se establecieron los montos topes para el citado régimen;

Que según la Cámara Argentina de la Construcción en el periodo septiembre 2018 – marzo 2020 hubo un incremento del 83,6%, según el INDEC hubo una inflación del 62,43% en los últimos 18 meses y el precio del dólar en el mismo periodo ha registrado un incremento del 81,3%.

Que en consideración a esta escalada inflacionaria resulta razonable proyectar estos incrementos a 180 días a efectos de no entorpecer la normal operatoria del Municipio, habiendo arrojado el promedio extrapolado un incremento del 101%;

Que desde Septiembre del 2018 no se han modificado los límites de compra directa y licitación.

Que se hace necesario enviar y mantener actualizada dicha Ordenanza.

Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de San Jorge en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:

ORDENANZA

Art. 1º): Modifíquese el Artículo 2º de la Ordenanza N° 2025 “Ordenanza de Compras”, el que quedará redactado de la siguiente manera:

a)Para las Compras Directas, hasta la cantidad de Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000);

b) Para Concursos de Precios: compras mayores a Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) y   hasta un tope de Pesos UN MILLON DOSCIENTOS MIL ($1.200.000).-

c)Las compras mayores a Pesos UN MILLON DOSCIENTOS MIL ($1.200.000), se realizarán mediante llamado a Licitación Pública, conforme con las normas establecidas en la presente.-

Art. 2º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Desé Copia al Registro Municipal y Archívese.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veinticuatro días del mes de Abril de dos mil veinte.-

Sr. Andrés Rosetti                                                                                Sr. Gustavo Paschetta

Secretario del H.C.M.                                                                           Presidente del H.C.M.