Honorable Concejo Municipal de San Jorge
Av. Alberdi 1155 – (2451) San Jorge – Santa Fe – Tel: 03406-444122
“Año 2019 100º Aniversario del natalicio de María Eva Duarte de Perón, “Evita”
ORDENANZA Nº 2296
VISTO:
 La Resolución IM/24.862 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, la existencia de Lotes de terreno baldío de Propiedad Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que los mismos no son necesarios para el uso de la Municipalidad, por lo que es factible proceder a la venta de uno de ellos a las personas interesadas en la cual de lograría el desarrollo urbanístico de la zona que se halla ubicado;
Que es necesario realizar su venta por Licitación Pública conforme lo dispuesto por la Ley Nº 2.756 (Art. 6º) y a su vez para dar oportunidad a todos los interesados a efectuar sus ofertas.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1º): Autorícese al Departamento ejecutivo Municipal a vender, mediante llamado a Licitación Pública, el terreno que se detalla en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.-
Art. 2º): La venta se formalizará bajo las siguientes condiciones:
a)Â Â Â Â Â El precio base del terreno es detallado en el Anexo I que se adjunta
b)Â Â Â Â Â Los interesados podrán efectuar l compra del terreno abonando el precio de contado o hasta diez (10) cuotas con un cinco por ciento de recargo (5%) y hasta en veinte (20) cuotas con un diez por ciento de recargo (10%). Los oferentes podrán ofrecer otra forma de pago, la cual quedará a estudio y criterio de la Municipalidad.-
c)Â Â Â Â Â La Escritura traslativa de dominio se realizará al finalizar el pago total del mismo. Los gastos que ellos demande, se afrontará conforme a las disposiciones establecidas en las Leyes vigentes.-
d)Â Â Â Â Â La falta de pago de dos (2) cuotas consecutivas dará lugar a la Municipalidad a rescindir la adjudicación del inmueble, sin derecho de parte del adjudicatario a efectuar reclamo económico alguno por cualquier concepto.-
Art. 3º):El producido de la venta del terreno dispuesto en la presente Ordenanza, se ingresará por la partida que establezca el presupuesto para el año 2020.-
Art. 4º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiséis días del mes de Diciembre de dos mil diecinueve.-
Â
Â
Â
Â
Sr. Ezequiel Baima                                                               Sr. Gustavo Paschetta
Secretario del H.C.M.                                                            Presidente del H.C.M.