Nº 2209 Clave Fiscal Municipal

Honorable  Concejo  Municipal  de  San  Jorge

Av. Alberdi 1155 – (2451) San Jorge – Santa Fe – Tel: 03406-444122

“1958-2018 60º Aniversario de la Fundación de la Asociación Cultural Italiana Dante Alighieri”

 

ORDENANZA Nº 2209

VISTO:

Resolución IM/24.404 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la necesidad de establecer un Régimen de Clave Fiscal Municipal, para permitir a los vecinos la realización de trámites mediante transferencia electrónica de datos vía internet, utilizando firma electrónica, y;

CONSIDERANDO:

Que en el Código Civil y Comercial se admite que la firma ológrafa puede ser reemplazada, en los instrumentos generados por medios electrónicos, en tanto se utilice un método idóneo para identificar al firmante, considerándose satisfecho el requisito de la firma, cuando en los documentos electrónicos se siga un método que asegure razonablemente su autoría e inalterabilidad (Decreto Nº 1397/79 – Reglamentación de la Ley 11.683 Art Nº 28 modificado por el Decreto Nº 658/202 Art Nº 1 – Modificase el Decreto Nº1397/79, en relación a las declaraciones juradas que deben presentar los contribuyentes.);

Que con la sanción de la Ley Nº 25.506 (Firma Digital), en su Art. Nº1, se reconoce el empleo de la firma electrónica y de la firma digital, y su eficacia jurídica en las condiciones que la misma ley establece;

Que los ciudadanos, por medio de su computadora personal y un software de navegación para el uso normal de la red Internet, pueden utilizar las nuevas tecnologías para efectuar distintos trámites en forma ágil y rápida, redundando en el beneficio de la recaudación;

Que a fines que los ciudadanos puedan utilizar los distintos Servicios de Gobierno Electrónico, habilitados con Clave Fiscal Municipal, a través de los cuales podrán realizar distintos trámites, resulta necesario establecer el procedimiento para el otorgamiento y habilitación de la misma.

 

Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno, proponen la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Art. 1º): Se establece el régimen de “Clave Fiscal Municipal – Transferencia Electrónica de Datos”, para el uso de Servicios de Gobierno Electrónico, los cuales permitirán a los vecinos realizar distintos trámites vía Internet, reemplazando la firma ológrafa por la firma electrónica.

 

Art. 2º): Los trámites que podrán ser efectuados mediante este régimen, estarán disponibles mediante el correspondiente Servicio de Gobierno Electrónico, a través de la dirección web que se creare a tal efecto.

 

Art. 3º): Autorizase al Intendente Municipal a Reglamentar los procedimientos para la obtención de la Clave Fiscal Municipal y para el uso de los Servicios de Gobierno Electrónico que se habilitaren en el futuro.

 

Art. 4º): La utilización de la Clave Fiscal Municipal y la protección de su contraseña, son de exclusiva autoría y responsabilidad del titular que la solicite.

 

Art. 5º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.-

 

Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los doce días del mes de Abril de  2018.-

 

 

 

 

 

 

Sr. Ezequiel Baima                                                                 Sr. Mario Rodríguez

Secretario del H.C.M.                                                              Presidente del H.C.M.