N° 2273 Renovacion contrato comodato Imoberdof

Honorable Concejo Municipal de San Jorge

Av. Alberdi 1155 – (2451) San Jorge – Santa Fe – Tel: 03406-444122

“Año 2019 100º Aniversario del natalicio de María Eva Duarte de Perón, “Evita”

ORDENANZA Nº 2273

VISTO:

La Resolución IM/24.749 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal sobre, el Expte. Nº 559 – Año 2019, Caratulado: Sr. Cristian David Imoberdorf, solicita Renovación Contrato de Comodato de una Propiedad Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que por el mismo el Sr. Cristian David Imoberdorf, solicita se Renueve el Contrato de Comodato por el término de dos (2) años sobre un (1) Inmueble de Propiedad Municipal donde funciona un Taller de Gomería;

Que por Ordenanza Nº 2039 de fecha 14 de noviembre de 2014 el Honorable Concejo Municipal autorizaba al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder en Comodato el Terreno solicitado  firmado el respectivo Contrato de Comodato entre ambas partes;

Que en fecha 29 de diciembre de 2016, por Ordenanza Municipal Nº 2152, el Honorable Concejo Municipal autorizaba al Departamento Ejecutivo Municipal a renovar el contrato de Comodato por el término de dos (2) años;

Que se firmó el  respectivo Contrato de Comodato entre la Municipalidad de San Jorge y el Sr. Cristian David Imoberdorf;

Que la autoridad competente ha realizado los estudios correspondientes sobre dicho Proyecto, los cuales son parte del Expediente de referencia;

Que Oficina de Catastro informa, que el Inmueble mencionado se encuentra Identificado bajo Nomenclatura Catastral Nº 09.00208.0005.0011, Cuenta Nº 80182, ubicado sobre Calle Eva Perón Nº 2600 nombre de Municipalidad de San Jorge;

Que Inspección de Obras informa que el terreno solicitado tiene una edificación con sus respectivos planos regularizados (P. E Nº 167/2018);

Que obras Privadas verifica que es una actividad conforme al Área Urbana I;

Que el informe de Secretaria de Medio Ambiente indica que la actividad es de bajo impacto ambiental;

Que los Tributos y Contribuciones indican que no adeuda Tasas de Servicios;

Que DREI indica que se encuentra inscripto y no posee deuda de DREI;

Que el Departamento Ejecutivo Municipal encuentra conveniente satisfacer el pedido efectuado por el solicitante, considerando que es una de las formas de fomentar el desarrollo de Emprendimientos dentro del Municipio;

Que a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 41º, Inc.18 de la Ley Nº 2756, es necesario contar con la autorización del Honorable Concejo Municipal.

Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:

ORDENANZA

Art.1º): Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a Renovar un Nuevo Contrato de Comodato de hasta dos (2) años con el Sr. Cristian David Imoberdorf, D.N.I. Nº 30.623.717, con domicilio en Calle Eva Perón Nº 2656 de esta ciudad de San Jorge, sobre un (1) Inmueble de Propiedad Municipal identificado bajo Nomenclatura Catastral Nº 09.00208.0005.0011, Cuenta Nº 80182, ubicado sobre Calle Eva Perón Nº 2644 nombre de Municipalidad de San Jorge.-

Art.2º): Autorícese al Intendente Municipal Sr. Enrique Luis Marucci, DNI Nº 11.705.870 y a la Secretaria de Gobierno Dra. Lorena Oitana, DNI Nº 22.593.602 a suscribir el respectivo Contrato en los términos del Art. 1º de la Presente.-

Art.3º): El Inmueble cedido en Comodato será destinado para el funcionamiento de un Taller de Gomería. El Departamento Ejecutivo Municipal verificará el cumplimiento del destino especificado, conforme a lo establecido en el Art. 20º de la Ley Nº 2756.-

Art.4º): Establézcase como cláusula integrante del contrato referido la siguiente:

“Todas las mejoras que el Comodatario introduzca en el inmueble motivo del presente que puedan ser desmontadas y/o retiradas, sin que ello implique destrucción, deterioro y/o inutilización de las mismas conforme a su naturaleza para su posterior uso podrán ser retiradas por el Comodatario en su calidad de propietario de las mismas, quedando las mejoras restantes en beneficio de la Comodante”

Art.5º): Promúlguese, Publíquese, Comuníquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, al 1º  día del mes de Agosto de dos mil diecinueve.-

Sr. Ezequiel Baima                                                                  Sr. Carlos J. Ellena

Secretario del H.C.M.                                                              Presidente del H.C.M.