N° 2271 Programa El Niño y el medio Ambiente

Honorable Concejo Municipal de San Jorge

Av. Alberdi 1155 – (2451) San Jorge – Santa Fe – Tel: 03406-444122

“Año 2019 100º Aniversario del natalicio de María Eva Duarte de Perón, “Evita”

ORDENANZA Nº 2271

VISTO:

La Resolución IM/ 24.742 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal sobre la necesidad de concientizar sobre el cuidado del medio ambiente y aumentar la cantidad de Árboles en nuestra ciudad, y;

CONSIDERANDO:

Que esta  Ordenanza  tiene como objetivo principal crear conciencia sobre la plantación y cuidados de los Árboles, teniendo en cuenta que los mismos proporcionan Oxigeno al medio ambiente en beneficio vital para los seres vivos;

Que además tiene como objetivo Social la reunión de las familias con el mismo fin y el desarrollo de las relaciones humanas en espacios ecológicos y de esparcimiento;

Que  se considera importante plantar un Árbol por cada niño nacido en San Jorge, teniendo como parámetro la mejor estación del año para poder realizar la plantación;

Que de esta manera generamos concientización en la comunidad y la responsabilidad de los padres y las familias de concurrir a cuidar y participar del crecimiento de la planta junto a su hijo.

Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:

ORDENANZA

Art.1º): Implementar el Programa “El Niño y el Medio Ambiente” en la ciudad de San Jorge.

Art. 2º): El Programa dispone plantar un Árbol por cada niño nacido en San Jorge desde la promulgación de la presente, teniendo como parámetro la mejor estación del año para poder realizar la plantación.

Art.3º): La Secretaria de Medio Ambiente estará a cargo de la implementación de dicho Programa, disponiendo forma de solicitud, plazos, época de plantación y requisitos.

Art.4º): La selección del lugar donde se plantará el árbol será propuesto por la familia, previo estudio y autorización de la Secretaria de medio Ambiente de la Municipalidad de San Jorge. De no ser factible, se buscará otro espacio. En caso de que la familia no proponga lugar lo definirá la Municipalidad de San Jorge.

Art.5º): La selección de la especie, la distribución de los ejemplares y la plantación estará a cargo del personal de la Secretaria de Medio Ambiente, como así también  la cantidad de Árboles.

Art.6º): Promúlguese, Publíquese, Comuníquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veinticinco  días del mes Julio de dos mil diecinueve.-

Sr. Ezequiel Baima                                                                                  Sr. Carlos J. Ellena

Secretario H.C.M.                                                                                 Presidente del H.C.M