N° 2267 Modificación Ordenanza de Compras

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Honorable Concejo Municipal de San  Jorge

Av. Alberdi 1155 – (2451) San Jorge – Santa Fe – Tel: 03406-444122

ORDENANZA Nº 2267

VISTO:

La Resolución IM/24.705 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la Ordenanza de Compras Nº 2025 y su modificatoria Nº 2158 y Nº 2232, y;

CONSIDERANDO:

Que en la misma se estableció el régimen de compras para la Municipalidad de San Jorge con el objetivo de avanzar en el control de la gestión y la transparencia de la administración pública municipal;

Que en su Art. 2º se establecieron los montos topes para el citado régimen;

Que la Ordenanza Nº 2232, ha modificado solamente los topes de la Compra Directa y que es necesario adecuar el tope de los Concursos de precios, Inc. b) Art. 2º;

Que desde la última modificación del tope del Concurso de precios, se ha registrado un incremento en el costo de construcción según la Cámara  Argentina de la Construcción del 93,35% por el periodo Febrero 2017 – Febrero 2019 y una inflación del 94,03% según el índice de precios al consumidor publicado por le INDEC por el período Marzo 2017 – Marzo 2019 . Y el combustible ha aumentado un 140,50% entre Marzo 2017 – Abril 2019, y que el precio del dólar en el mismo período, ha registrado un incremento del orden del 170,00%;

Que se hace necesario enviar y mantener actualizada dicha Ordenanza.

Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:

 ORDENANZA

Art.1º): Modifíquese el Art.2º  Inc. b) y Inc. c) de la Ordenanza Nº 2025 “Ordenanza de Compras”, el que quedará redactado de la siguiente manera:

b) Para Concursos de Precios: compras mayores a Pesos  CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000)  y  hasta un tope de Pesos QUINIENTOS MIL ($500.000.-).-

c) Las Compras Mayores a Pesos  QUINIENTOS MIL ($500.000.-) se realizarán mediante llamado a Licitación Pública, conforme con las normas establecidas en la presente.-

Art.2º):Promúlguese, Publíquese, Comuníquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los nueve días del mes Mayo de dos mil diecinueve.-

 

 

 

 

 

 

Sr. Ezequiel Baima                                                                Sr. Carlos J. Ellena

Secretario del H.C.M.                                                           Presidente del H.C.M