N° 2200 Presupuesto 2018

HONOROBLE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JORGE

Av. Alberdi 1155 – (2451) San Jorge – Santa Fe – Tel: 03406-444122

 

ORDENANZA N° 2200

 

VISTO:

La Resolución IM/24.161 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la necesidad de delinear el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2018, y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que  se ha elaborado un Anteproyecto que contempla las Partidas necesarias para el normal desenvolvimiento financiero de la Municipalidad;

 

Que el importe fijado a las Obras Públicas ha sido calculado teniendo en cuenta el Plan de Trabajo y Cálculo de Costos elaborado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos;

 

Que el aumento del Presupuesto de Ingresos y su consecuente aumento del Presupuesto de Egresos, obedece a Cálculos y Proyecciones efectuados por el Departamento Contable del Municipio;

 

Que se han tomado las previsiones necesarias para cubrir la creciente demanda social de la población a la que no puede estar ajeno el Municipio;

 

Que atento a lo normado en los Artículos 8° y 9° de la Ley Provincial N° 7234 de Defensa en Juicio del Estado y sus Modificaciones (Leyes N° 9040, N° 12.015 y N° 12.036), resulta conveniente adoptar en forma expresa tales disposiciones en la Presente Ordenanza, alejando así cualquier tipo de duda acerca de la vigencia de las mismas, lo que redundará en beneficio de una mejor Administración Municipal y, consecuentemente con ella, de la comunidad en general.

 

Que el monto total del mismo resulta de un balance equilibrado en sus Ingresos y Egresos, y que en base a los estudios realizados se considera que se ajustará perfectamente a las necesidades del Municipio.

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:

ORDENANZA

 

Art. 1°): Fijar en la cantidad de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL  OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 31/100.- ($267.939.844,31.) el total de las EROGACIONES del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio Financiero del Año 2018 con destino a las Partidas que se detallan en los Cuadros Anexos de la Presente Ordenanza y que forman parte integrante de la misma.-

 

Art. 2°):Estimar en la cantidad de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL  OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 31/100.- ($267.939.844,31.) el cálculo de los  RECURSOS destinados a atender las erogaciones a que refiere el artículo primero precedente, de acuerdo  al detalle que figura en los Cuadros Anexos que forman parte integrante de la Presente Ordenanza.-

Art. 3°): Como consecuencia de lo establecido en los artículos primero y segundo precedentes, estimar el siguiente Balance Financiero y preventivo:

 

I Total de EROGACIONES según Art. 1º

ADMINISTRACIÓN CENTRAL                                  $ 267.939.844,31.-

TOTAL $267.939.844,31.-

II Total de RECURSOS según Art. 2º

ADMINISTRACION CENTRAL                                  $267.939.844,31.-

TOTAL                                                                           $267.939.844,31.-

 

Art. 4°): Establecer en DOSCIENTOS SETENTA (270.-) el número de cargos previstos en el Presupuesto General de la Administración Municipal para el año 2018, cuyo detalle figura en el Cuadro Nº 5 (Anexo) que forma parte de la presente Ordenanza.- Se aclara que el número de cargos ocupados al 31/08/2017 ascendía a Doscientos Cuarenta y Nueve (249.-).

 

Art. 5°): Las Erogaciones que correspondan atender con fondos provenientes de Rentas especiales deberán ajustarse en lo que refiere a su monto y oportunidad, a las sumas realmente recaudadas y cuyo ingreso resulte material y legalmente asegurado dentro del Ejercicio Financiero del año 2018.

 

Art. 6°):Aprobar el Calificador Uniforme de la estructura del Presupuesto General de la Administración Municipal del Ejercicio financiero del Año 2018 y sus conceptualizaciones, elaborado por la Secretaría de Gobierno y Subsecretaría de Hacienda del Municipio, de acuerdo a la metodología informada en esta oportunidad por la Secretaria de Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe.

 

Art.7º): La Presente Ordenanza tendrá vigencia a partir del día primero de Enero del año 2018.

 

 

Art.8º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los  siete días del mes de  Diciembre de dos mil diecisiete .-

 

 

 

 

Sra. Alicia Mecchia                                                                             Sr. Andrés Rosetti

Secretaria del H.C.M.                                                                        Presidente del H.C.M.